Saltar al contenido
whatsAuto software compra-venta REBU
  • Inicio
  • whatsAuto
    • Servicios
    • FAQ
    • Precios
    • Verifactu
    • Para gestorías
    • Sobre nosotros
  • Multipublicación en portales de compraventa
  • Blog
  • Aprende con nuestros tutoriales
  • Contacto
whatsAuto software compra-venta REBU
Contactanos

Software para compraventa de coches: qué exige VeriFactu y por qué el REBU lo cambia todo

Si llevas una compraventa de vehículos de ocasión en España y buscas un software con REBU y VeriFactu, lo primero que deberías saber es que la fecha cambió. VeriFactu no es obligatorio en 2026. La obligación se movió a 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto, según la disposición final cuarta del RD 1007/2023 en su redacción vigente.

Eso te da margen. No te da vía libre: el programa que uses a partir de esa fecha tiene que cumplir un reglamento entero, y si vendes coches de segunda mano tiene además que saber calcular el REBU. La mayoría de programas de facturación cumplen lo primero y fallan en lo segundo.

Solicita una demo Prueba 90 días gratis
Más de 20 años desarrollando software de gestión. WhatsAuto es el producto; el oficio viene de antes.
Declaración responsable de VeriFactu, accesible desde la propia aplicación, como exige el artículo 13 del reglamento.
90 días de prueba sin permanencia, sin límite de vehículos y sin límite de usuarios.

¿Cuándo es obligatorio VeriFactu?

El 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de obligados. Hasta entonces estás en lo que la propia Agencia Tributaria llama periodo de pruebas.

El calendario se ha movido dos veces. Estas son las fechas que están en vigor hoy:

Calendario de obligatoriedad de VeriFactu vigente a septiembre de 2026
QuiénFechaEstado
Productores y comercializadores de software 29 de julio de 2025 Vencida
Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades 1 de enero de 2027 Pendiente
Resto de obligados del artículo 3.1, autónomos incluidos 1 de julio de 2027 Pendiente

Fíjate en la primera fila, porque es la que separa a los proveedores serios del resto. El reglamento da a los fabricantes nueve meses desde la entrada en vigor de la orden ministerial de desarrollo, y la Orden HAC/1177/2024 entró en vigor el 29 de octubre de 2024. El plazo de los fabricantes de software ya pasó. El tuyo no.

¿Qué software cumple VeriFactu para una compraventa de coches?

Uno que cumpla el reglamento de facturación y que calcule el margen REBU sobre el coste real del vehículo. Son dos cosas distintas y la mayoría de programas del mercado solo resuelven la primera.

El artículo 10 del reglamento obliga a que cada registro de facturación indique el régimen de IVA aplicado a la operación. Si tu programa no entiende el REBU, no está indicando nada: estás metiendo a mano un régimen especial en un sistema que lo trata como una casilla más. Ahí es donde empiezan los descuadres del trimestre.

El REBU está regulado en la Ley 37/1992 del IVA, capítulo IV del título IX, y grava el margen, no el precio de venta. El margen de verdad, el que incluye lo que te costó el coche más lo que le metiste de taller. Si el software no imputa las órdenes de reparación al vehículo, tu margen sale inflado y tu IVA también.

¿Qué tiene que cumplir el programa exactamente?

El artículo 8 del reglamento exige integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros. En la práctica eso significa cuatro cosas concretas.

Los registros van encadenados, de forma que se pueda seguir su rastro desde el primero hasta el último. Cada uno lleva una huella o hash. El sistema guarda un registro de eventos automático de lo que pasa dentro. Y una vez generado un registro, no se puede tocar: cualquier corrección se hace con un registro posterior adicional, dejando el original intacto.

Esa última es la que más cuesta entender a quien viene de un programa antiguo. No se corrige. Se añade.

¿Qué diferencia hay entre VERI*FACTU y el modo con QR?

Son las dos formas legales de cumplir. En modo VERI*FACTU el sistema remite cada registro a la AEAT en el momento de expedir la factura; en el otro modo los registros se conservan firmados en tu sistema y la factura lleva el QR para que quien la recibe pueda verificarla.

La ventaja del primero es que el artículo 16 presume que esos sistemas cumplen por diseño los requisitos del artículo 8, y les exime de firmar electrónicamente cada registro: les basta con calcular la huella. Ambas modalidades llevan QR en la factura. La diferencia está en si los datos salen hacia Hacienda al instante o se quedan en tu sistema esperando a que te los pidan.

WhatsAuto trabaja en modo VERI*FACTU, con envío a la AEAT.

¿Y si me equivoco en una factura?

Aquí es donde WhatsAuto hace algo distinto: no emite nunca una factura de entrada. Genera primero una proforma, editable, tanto la factura de cliente como la REBU, y solo cuando tú la das por buena se convierte en factura y se envía.

Esto no es un truco para saltarse nada, es exactamente lo que permite la norma. El artículo 9 obliga a generar el registro de alta de forma simultánea o inmediatamente anterior a la expedición de la factura. Mientras es una proforma, no hay factura expedida, así que puedes corregir el bastidor mal tecleado o el importe del taller que faltaba sin dejar rastro de error. En el momento del envío, la factura REBU cambia automáticamente a la numeración asignada y queda enlazada con la de cliente.

Y cuando el error se cuela igualmente, porque se cuela, WhatsAuto anula la factura ya enviada o emite la rectificativa siguiendo el procedimiento del reglamento. La proforma reduce los errores; no pretende eliminarlos.

El mismo circuito vale para lo que no es REBU: régimen general, venta de productos sueltos, facturas simplificadas, conversión de una simplificada en nominativa y facturas de taller. Todo pasa antes por proforma revisable. Si quieres verlo funcionando paso a paso, lo tienes en los tutoriales.

¿WhatsAuto está homologado por la AEAT?

No, y ningún software lo está: la AEAT no homologa programas de facturación. Lo que exige el reglamento es otra cosa, y conviene saber distinguirlas antes de que alguien te venda una homologación que no existe.

El artículo 13 dice que corresponde a la entidad productora del sistema certificar, mediante una declaración responsable, que el programa cumple el reglamento. Esa declaración tiene que constar por escrito y de modo visible en el propio sistema informático, en cada una de sus versiones, y puede solicitarla tanto el cliente como la Administración.

WhatsAuto dispone de esa declaración responsable y es accesible desde dentro de la aplicación, que es donde el artículo 13 exige que esté. Si un proveedor te dice que su software está «aprobado por Hacienda», pídele la declaración responsable. Es el único documento que existe.

¿Qué sanción hay si mi programa no cumple?

50.000 euros por cada ejercicio para quien tenga un sistema de facturación que debiendo estar certificado no lo esté. Para el fabricante que produce o comercializa software no conforme, 150.000 euros por ejercicio y por cada tipo de sistema.

Lo detalla la propia Agencia Tributaria en sus preguntas frecuentes sobre el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria, junto con un tercer supuesto de 1.000 euros por cada sistema comercializado sin certificar. Ojo con el matiz que casi nadie cuenta: la multa de 50.000 euros es por tener el programa no adaptado con capacidad de emitir facturas, no por equivocarte en una factura concreta. Equivocarse en una factura va por otro artículo y por otro importe.

Esto es información, no asesoramiento fiscal. Tu gestoría es quien debe decirte cómo aplica a tu caso. Si eres gestoría y llevas compraventas en cartera, tenemos una cuenta supervisora y precios mayoristas pensados para eso.

¿Sirve si además tengo taller?

Sí, y es la razón principal por la que un compraventa acaba cambiando de programa. Las órdenes de reparación se vinculan al vehículo y su coste entra en el cálculo del margen REBU, en vez de vivir en un Excel aparte.

Sin eso tienes dos verdades sobre el mismo coche: la que dice tu programa de facturación y la que dice la carpeta del taller. La segunda es la buena, y normalmente la descubres a final de mes. El módulo de taller va incluido, junto con el resto de funcionalidades de gestión: stock, depósitos, contratos, CRM y multipublicación en portales.

¿Cuánto cuesta y qué incluye?

Tres planes, de 390 a 790 € + IVA al año, sin permanencia. Vehículos y usuarios ilimitados en los tres: tu tarifa no sube porque pases de 30 a 100 coches en la campa ni porque metas a un comercial más. Tienes el desglose de los tres planes y lo que entra en cada uno en la página de precios.

Puedes probarlo 90 días gratis, sin tarjeta. Y una vez contratado, tienes garantía de devolución íntegra a 30 días, que es una cosa distinta de la prueba y conviene no confundirlas.

Empieza por ver cómo factura

Concierta una demo, prepárate un café y te enseñamos una factura REBU calculada al céntimo con los costes de taller dentro. Si después no te encaja, no te perseguiremos con llamadas comerciales. Si prefieres resolver dudas antes, están casi todas en las preguntas frecuentes.

Solicita tu demo Llama al 644 42 17 45

WhatsAuto. Más de 20 años desarrollando software de gestión, hoy especializados en facturación REBU y VeriFactu para compraventas de vehículos en España.

WhatsAuto

+34 644 42 17 45 · info@whatsauto.es

Preparado para transformar tu negocio? Da el primer paso queremos conocerte

Regístrate y disfruta de un período de 90 días para probar WhatsAuto, sin ningún tipo de compromiso. Además, podrás consultar todas tus dudas a nuestro departamento de soporte.

Llamanos

+34 644 42 17 45

Email

info@whatsauto.es
whatsAuto software compra-venta REBU

Copyright © 2023 WhatsAuto.es. All rights reserved.

¿Quieres más información?